
Se acerca el dia en que diremos adiós a los envases monodosis de plástico con mantequilla, mermelada, miel y otros alimentos, tan habituales en muchos establecimientos del canal HORECA. La necesidad de reducir la generación de residuos de envases de un solo uso está detrás de esta medida que genera inquietudes, entre otros aspectos, en cuanto a la seguridad alimentaria.
Restricciones a los envases de un solo uso en la UE
A fin de reducir las cantidades cada vez mayores de residuos de envases que se generan en la UE, la Comisión Europea ha desarrollado nuevas normativas que impulsan los envases reutilizables y restringen fuertemente los envases de un solo uso.
Uno de los sectores identificados como de máximo potencial para reducir estos residuos es el de los alimentos y bebidas mediante, entre otras medidas, la adopción de sistemas de reutilización.
Según la CE, la fijación de objetivos en la reducción de envases de un solo uso constituye un apoyo a la innovación y al incremento de los envases de reutilización y rellenado que cumplan los requisitos requeridos en términos de contención, limpieza, salubridad, higiene y seguridad.
Uno de los productos que se verán afectados por estos objetivos son los envases de plástico de un solo uso para condimentos, conservas, salsas, leche para el café, azúcar y aliños en el sector de la hostelería y la restauración (canal HORECA).
La normativa que establece la prohibición de los envases monodosis de plástico en el sector de la hostelería y restauración en la Unión Europea es el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los envases y residuos de envases. Este reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y será aplicable a partir del 12 de agosto de 2026, otorgando así un periodo de adaptación a los Estados miembros y a las empresas afectadas.
¿Qué establece esta normativa?
A partir del 12 de agosto de 2026, se aplicarán restricciones que afectan directamente al sector HORECA (hoteles, restaurantes y cafeterías). Entre las medidas más destacadas se encuentra la prohibición de envases de plástico de un solo uso para:
- Dosis o raciones individuales (bolsitas, tarrinas, etc.) de condimentos, salsas, leche para el café y azúcar en hoteles, bares y restaurantes.
EXCEPTO en los casos siguientes:
a) los envases que se ofrecen junto con la comida preparada para llevar destinada al consumo inmediato sin necesidad de más preparación
b) los envases necesarios para garantizar la seguridad y la higiene en los establecimientos en los que, por motivos médicos, sea preciso dispensar cuidados individualizados, como hospitales, clínicas o residencias con asistencia médica
Estas medidas van acompañadas de otras que serán de aplicación en el futuro próximo, dirigidas igualmente a los establecimientos del sector HORECA:
- a partir del 12 de febrero de 2027, deberán ofrecer a los consumidores la posibilidad de utilizar sus propios recipientes para bebidas y comidas para llevar
- a partir del 12 de febrero de 2028, deberán proporcionar envases reutilizables dentro de un sistema de reutilización.
Envases rellenables y seguridad alimentaria
Para adaptarse a estos cambios la normativa sugiere alternativas, como el uso de sistemas de rellenado o de envases reutilizables, que faciliten la transición hacia prácticas más sostenibles en el sector de la hostelería.
Sin embargo, desde el punto de vista de la higiene y seguridad alimentaria, el uso de envases rellenables despierta dudas e inquietudes en el sector. La adaptación a la nueva normativa puede implicar cambios en la formación y en la operativa diaria de camareros y personal de cocina, que deberá incluir la manipulación segura de recipientes rellenables o dispensadores compartidos, así como la implementación de sistemas de lavado y desinfección adicionales para estos envases.
A pesar de que la normativa parte de la base de que es posible establecer protocolos y buenas prácticas que garanticen la seguridad alimentaria al sustituir los actuales envases monodosis por opciones rellenables, no se han publicado orientaciones detalladas ni protocolos específicos de higiene por parte de la Comisión hasta la fecha.
Es posible que los Estados miembros desarrollen normativas nacionales que aborden estos aspectos. Por ejemplo, en España, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) podría emitir directrices complementarias para garantizar la seguridad alimentaria en el uso de envases rellenables.
Transición hacia una hostelería más sostenible
La transición hacia una hostelería más sostenible es un desafío, pero también una oportunidad para innovar y fortalecer la relación con los clientes y el compromiso con el medio ambiente.
Es recomendable que los establecimientos del sector HORECA vayan tomando medidas que les faciliten la adaptación a la nueva normativa europea de envases.
A la espera de una mayor concreción por parte de las autoridades, algunas de estas medidas pueden ser:
- Identificar los productos en envases monodosis que actualmente ofrece el establecimiento y que deberán ser sustituidos de acuerdo a la normativa.
- Buscar sistemas alternativos de proveedores que ofrezcan envases o dispensadores reutilizables o recargables, que sean adecuadas para el establecimiento
- Establecer protocolos estrictos de limpieza y desinfección para los dispensadores y envases rellenables
- Formar al personal en las nuevas prácticas y protocolos de higiene.
- Informar a los clientes sobre la nueva normativa, los cambios implementados, las medidas de higiene adoptadas y sobre cómo pueden contribuir a mantener la seguridad alimentaria con un uso correcto de los envases/dispensadores compartidos, así como sobre el impacto positivo sobre el medio ambiente de todos estos cambios.