La UE establece objetivos vinculantes para la reducción de los residuos alimentarios

La UE establece objetivos vinculantes para la reducción de los residuos alimentarios

desperdicio alimentario

A pesar de las obligaciones legales existentes y de las acciones implementadas en la UE,  la generación de residuos alimentarios no está disminuyendo lo suficiente como para lograr un progreso significativo hacia la Meta 12.3 de los ODS. Una nueva modificación de la Directiva 2008/98/EC, sobre los residuos, establece objetivos vinculantes.

 

 

Residuos alimentarios y el ODS 12.3

Todos los Estados miembros de la UE están comprometidos con la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, que en su Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 12.3 establece la meta de reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per capita mundial en la venta al por menor y a nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas de producción y suministro, incluidas las pérdidas posteriores a la cosecha, de aquí a 2030.

Sin embargo, hasta el momento a pesar de las acciones implementadas en la UE, como la adopción de programas nacionales de prevención del desperdicio de alimentos y el seguimiento y la presentación de informes sobre el tema, la generación de residuos alimentarios no está disminuyendo en la medida necesaria para lograr avances significativos hacia la consecución de la meta 12.3 de los ODS. 

Por ello, con la nueva Directiva 2025/1892, del Parlamento Europeo y el Consejo, se ha modificado de nuevo la Directiva Marco sobre Residuos, centrándose especialmente en los residuos alimentarios y textiles. En el campo de los residuos alimentarios se establecen ámbitos de intervención en los que los Estados miembros deben adaptar o adoptar medidas para cada fase de la cadena alimentaria, así como unos objetivos vinculantes de reducción de los residuos alimentarios a escala nacional.

residuos alimentarios

Prevención de residuos alimentarios

Hasta el momento, los Estados miembros han desarrollado, en cierta medida, materiales de comunicación y han realizado campañas dirigidas a los consumidores y a los explotadores de empresas alimentarias con el objetivo de prevenir los residuos alimentarios.

Sin embargo, estas acciones se han centrado principalmente en concienciar, en lugar de impulsar un cambio de comportamiento. Con el fin de aprovechar todo el potencial para reducir los residuos alimentarios y garantizar avances a lo largo del tiempo, se llama a desarrollar intervenciones de cambio de comportamiento, adaptadas a las situaciones y necesidades específicas de cada Estado Miembro, que evaluará y adaptará sus programas de prevención de residuos alimentarios con vistas a alcanzar los objetivos.

Dos ámbitos de innovación donde se propone incidir para prevenir residuos alimentarios son:

  • Los envases para alimentos: Dada la contribución de los envases a la reducción de los residuos alimentarios y a la garantía del suministro y la seguridad de los alimentos, se propone que los Estados miembros fomenten y promuevan soluciones tecnológicas que contribuyan a la prevención de los residuos alimentarios, como los envases activos destinados a prolongar la vida útil de almacenamiento o a mantener o mejorar el estado de los alimentos envasados, especialmente durante el transporte y el almacenamiento.
     
  • El marcado de la vida útil: Habida cuenta de su potencial para reducir los residuos alimentarios, los Estados miembros deben apoyar soluciones innovadoras y tecnológicas que indiquen con precisión la vida útil de almacenamiento de un alimento, garanticen la seguridad alimentaria y faciliten información clara y fácilmente comprensible para los consumidores, incluida la indicación de las fechas de «duración mínima» o de «caducidad».

Objetivos de reducción de residuos alimentarios

Para conseguir resultados a corto plazo y proporcionar a los explotadores de empresas alimentarias, a los consumidores y a las autoridades públicas la perspectiva necesaria a largo plazo, se establecen objetivos cuantificados para la reducción de la generación de residuos alimentarios, que los Estados miembros deben cumplir antes de 2030.

Los Estados miembros deberan adoptar las medidas necesarias y adecuadas para alcanzar, a más tardar el 31 de diciembre de 2030, los siguientes objetivos a escala nacional:

  1. Reducir en un 10 % la generación de residuos alimentarios en la transformación y la fabricación en comparación con la cantidad de residuos alimentarios generada como media anual entre 2021 y 2023,
     
  2. Reducir en un 30 % la generación de residuos alimentarios per cápita, conjuntamente en la venta minorista y otros tipos de distribución de alimentos, en los restaurantes y servicios de restauración, así como en los hogares en comparación con la cantidad de residuos alimentarios generada como media anual entre 2021 y 2023.

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Medidas para la prevención de residuos alimentarios

El nuevo texto legal también llama a adoptar medidas para prevenir la generación de residuos alimentarios en toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta los hogares, que incluyan como mínimo:

  1. desarrollar y apoyar intervenciones para el cambio de comportamientos a fin de reducir los residuos alimentarios, y campañas de información para concienciar sobre la prevención de los residuos alimentario
     
  2. detectar y abordar las ineficiencias en el funcionamiento de la cadena alimentaria y apoyar la cooperación entre todos los actores, y garantizar al mismo tiempo una distribución justa de los costes y beneficios de las medidas de prevención, lo que puede incluir la lucha contra las prácticas de mercado que causen residuos alimentarios.
     
  3. fomentar la donación de alimentos y otros medios de redistribución para el consumo humano, y garantizar la prioridad al consumo humano frente a la alimentación animal y la transformación en productos no alimenticios
     
  4. apoyar la formación y el desarrollo de competencias, así como facilitar el acceso a las oportunidades de financiación, en particular para las pequeñas y medianas empresas y las entidades de la economía social.
     
  5. fomentar y promover la innovación y las soluciones tecnológicas que contribuyan a la prevención de los residuos alimentarios,

Todos los actores de la cadena agroalimentaria deberan participar en la prevención de la generación de residuos alimentarios,  de manera proporcional a su capacidad y su papel, y prestando especial atención a prevenir un efecto desproporcionado en las pequeñas y medianas empresas.

Los Estados miembros deben poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la nueva Directiva, a más tardar el 17 de junio de 2027.

Y, a más tardar el 31 de diciembre de 2027, la Comisión revisará los objetivos para 2030 establecidos, con vistas, si procede, a modificarlos o extenderlos, y a considerar establecer nuevos objetivos más allá de 2030.

 

 

Referencia:

DIRECTIVA (UE) 2025/1892 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 10 de septiembre de 2025 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos

 

 

 

 

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