Guia para la aplicación de la nueva normativa de envases y residuos de envases

Guia para la aplicación de la nueva normativa de envases y residuos de envases

gestion de residuos

¿Te afecta la nueva normativa europea de envases y residuos de envases? Si tienes dudas sobre su aplicación, puedes consultar una guía publicada recientemente por la Comisión Europea para facilitar la aplicación uniforme de las nuevas normas en toda la UE.

 

Nueva normativa de envases y residuos de envases

En promedio, cada europeo generó en 2023 un total de 178 kg de residuos de envases. Unas cifras que, sin intervención, se preve que aumentarian en los próximos años y, con ellas, los problemas ambientales asociados. 

El Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases,  (PPWR, Packaging and Packaging Waste Regulation), que regula este problema, introduce medidas para reducir el uso excesivo de los envases, mejorar su reciclabilidad y también su seguridad de cara al consumidor. 

Algunas de estas medidas empezaran su aplicación este mismo año. Por ejemplo, la restricción de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en los envases que estén destinados a entrar en contacto con alimentos a partir del 12 de agosto de 2026.

Esta normativa es compleja y puede dar lugar a diversas interpretaciones. Para facilitar su aplicación armonizada en la UE, la Comisión Europea ha publicado una guía en la que aclara aspectos de la normativa y responde dudas formuladas.  

Vamos a ver algunos de los puntos tratados que son relevantes para el sector de la alimentación y el canal HORECA.

envases y residuos de envases

Análisis de PFAS en envases en contacto con alimentos

Existen diversos protocolos y metodologías para analizar la presencia de PFAS en diferentes matrices, pero no existe una metodología armonizada para los PFAS en envases en contacto con alimentos a nivel de la UE.

En este contexto, en la guia se especifica y recomienda utilizar un enfoque analitico gradual, utilizando el Flúor Orgánico Total como indicador inicial, para garantizar el cumplimiento de los límites de PFAS a partir de su fecha de entrada en vigor, es decir, el 12 de agosto de 2026.

En lo que respecta al agotamiento de existencias, se aclara que el PPWR no prevé un período transitorio para el agotamiento de las existencias. Por lo tanto, los envases en contacto con alimentos comercializados después del 12 de agosto de 2026 deben cumplir con los límites de PFAS establecidos en este Reglamento, mientras que los envases comercializados antes del 12 de agosto de 2026 pueden permanecer en el mercado y no es necesario retirarlos.

Aplicación del objetivo de envases reutilizables para bebidas 

El Reglamento establece un marco claro para la transición hacia envases reutilizables en el sector de las bebidas. A partir del 1 de enero de 2030, los distribuidores finales  deberán asegurar que al menos el 10 % de sus bebidas (alcohólicas y no alcohólicas) se comercialicen en envases reutilizables integrados en un sistema de reutilización  (quedan exentos si son microempresa).

Se entiende como "distribuidor final" cualquier persona física o jurídica en la cadena de suministro que entrega productos envasados al usuario final. Esto incluye, principalmente:

  • Sector HORECA (hostelería, restauración y cafeterías).
     
  • Operadores de venta a distancia (comercio electrónico).

La Comisión ha clarificado puntos sobre cómo cumplir con este objetivo:

  • La obligación no exige que el 10 % de las bebidas sea vendido efectivamente, sino que el distribuidor ofrezca a la venta al menos el 10 % de sus bebidas en envases reutilizables.
     
  • Para que el sistema de reutilización sea válido, es obligatorio establecer mecanismos de información, visualización y comunicación al consumidor que permitan identificar y promocionar activamente la opción reutilizable.

¿Qué cuenta y qué no para los objetivos de reutilización en HORECA?

La Comisión Europea ha precisado qué tipo de envases computan para el objetivo de reutilización en el sector HORECA (hostelería, restauración y cafeterías), basándose en la distinción entre envases de ventas y envases de distribución:

  • El objetivo de reutilización del 10 % en el sector HORECA no se mide sobre el volumen total de bebidas gestionadas en el establecimiento, sino específicamente sobre aquellas que se entregan al cliente final en envases de venta reutilizables, excluyendo los formatos de distribución industrial.

La clave para el cumplimiento radica en si el envase llega directamente al consumidor final como envase de venta:

  • NO computan: Los contenedores reutilizables de gran formato (como barriles de cerveza destinados a tiradores) que se suministran de empresa a empresa (B2B) a bares y restaurantes no cuentan para los objetivos de reutilización. Se consideran envase de distribución y no de venta al consumidor.
     
  • SI computan: Los formatos pequeños, como las botellas reutilizables, que se entregan directamente al consumidor final. Como excepción, si pueden computarse envases en gran formato que se entregan al cliente final.

Objetivos de recogida separada y Sistemas de Depósito y Retorno

El Reglamento establece un mandato claro para la gestión de envases de bebidas de un solo uso (plásticos y metales de hasta 3 litros). El objetivo central es alcanzar una tasa de recogida separada del 90 % anual para el 1 de enero de 2029.

Para garantizar el cumplimiento de este objetivo del 90 %, la norma establece que, por defecto, los Estados miembros deben implementar un Sistema de Depósito y Retorno (DRS) plenamente operativo antes de la fecha límite: el 1 de enero de 2029.

En determinadas circunstancias, el Reglamento permite a los Estados miembros solicitar una exención a la obligatoriedad de implantar un DRS. En este tema, la Comisión aclara que esta posibilidad es única y no permanente

Próximos pasos

La Comisión seguirá supervisando y facilitando la aplicación del Reglamento de envases y residuos de envases para garantizar una implementación fluida y eficaz de las nuevas normas.

Se están preparando varias iniciativas legislativas, entre ellas las dirigidas a: 

  • la armonización de los formatos de registro e información para la responsabilidad ampliada del productor
  • el etiquetado para la separación de residuos por parte de los consumidores
  • el contenido reciclado en los envases de plástico
  • los criterios de reciclabilidad

Estas son algunas de las cuestiones que se abordan en el documento orientativo de la Comisión Europea. Os dejamos el enlace al documento completo a continuación. 

 

Referencia:

Guidance document on Packaging and Packaging Waste Regulation (PPWR), Comisión Europea, 2026

 

 

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