Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios para la prevencion de la legionelosis
Enviado por editora el Mié, 02/08/2006 - 19:51
El ámbito de aplicación del texto normativo se refiere a las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan ser susceptibles de convertirse en focos para la propagación de la enfermedad, durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento.

En el mes de Diciembre del 2005, se ha publicado la nueva norma UNE 100030 IN 2005, que sustituye a la norma 100030:2001 IN. Guía para la prevención y control de la proliferación y diseminación de la legionella en instalaciones.
El Real Decreto 140/2003 tiene por objeto establecer los criterios sanitarios que deben cumplir las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación hasta el grifo del consumidor y el control de éstas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza, con el fin de proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.

