Directiva 98/8/CE relativa a la comercialización de biocidas
Enviado por editora el Mié, 02/22/2006 - 13:37
Su denominación completa es Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 relativa a la comercialización de biocidas y pretende armonizar los textos legales existentes sobre la materia en los distintos países de la Unión. En España, concretamente, dió lugar a la aprobación del Real Decreto 1054/2002, del que hemos hablado anteriormente en Higiene Ambiental.

Este Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas, se promulgó para armonizar la legislación española sobre biocidas (a excepción del sistema de tasas) a la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas.
Una vez se ha tratada el agua con cloro, una operación ineludible si se quiere evitar todo riesgo de contaminación (por ejemplo, por legionella), es importante poder conocer el tipo de cloro residual existente para determinar la eficacia de la medida de desinfección. En ese sentido, es imprescindible poder discernir entre el CRL (cloro residual libre) y CRC (cloro residual combinado), ya que únicamente las aguas que presentan CRL garantizan que se ha producido una desinfección satisfactoria.

