Propuesta de la CEPA para el reconocimiento oficial del sector control de plagas

Propuesta de la CEPA para el reconocimiento oficial del sector control de plagas

control plagas

Con el objetivo de unificar y profesionalizar a la industria europea del Control de Plagas, la CEPA impulsó hace ya 5 años la creación de la norma EN 16636, que establece los requisitos y competencias que deben cumplir los proveedores profesionales del sector. Ahora, una segunda acción busca lograr el reconocimiento formal de las autoridades europeas y nacionales, mediante un Memorando de Acuerdo.

 

La Confederación Europea de Asociaciones de Control de Plagas, (CEPA) como representante del sector europeo de servicios de control de plagas, sigue impulsando la profesionalización del mismo y busca lograr el reconocimiento oficial, por parte de las instituciones y los estados miembros de la UE, de su función clave en la protección de la salud y seguridad de las personas, los animales y el medio ambiente.

La primera parte de su estrategia para conseguirlo fue su implicación en la publicación de la norma EN 16636, que responde a la necesidad de unificar y profesionalizar el sector control de plagas en la UE, y el desarrollo del sistema de certificación CEPA Certified®, que garantiza la corrección de las auditorias para comprobar que las empresas cumplen con la EN16636.

Una nueva propuesta de la CEPA en este sentido es su Memorando de Acuerdo, cuya versión definitiva quedó lista en diciembre de 2019, se presentó con el inicio del año actual, y ha quedado, por el momento, algo invisibilizado en la actual situación de pandemia.

El Memorando de Acuerdo recoge los compromisos y los requisitos mínimos de las empresas para la gestión profesional de los servicios de control de plagas y recalca la importancia de los principios y las prácticas de la Gestión Integrada de Plagas y del uso responsable de los biocidas.

La CEPA insta a las empresas del sector a adherirse al Memorando de Acuerdo y firmar este documento, como muestra de compromiso con los principios recogidos en él y para instar a la CE, al Parlamento europeo y a los estados miembros de la UE a dar reconocimiento oficial al sector. En este sentido, la CEPA cuenta con el apoyo del Comité de las Regiones de la UE para la promoción del Memorando de Acuerdo, en aquellas iniciativas en que las regiones y comunidades locales deben colaborar con los proveedores profesionales de servicios de gestión de plagas para proteger a los ciudadanos en el entorno urbano.

8 compromisos clave

Todos los signatarios del Memorando de Acuerdo respaldan y apoyan ocho compromisos clave:

  • 1. Las empresas profesionales de gestión de plagas deben cumplir en su totalidad el conjunto de leyes vigentes del lugar en el que operen y al menos la norma EN 16636 de la CEN (en una situación ideal, auditada siguiendo los protocolos de CEPA Certified®).
  • 2. Los técnicos de gestión de plagas deben demostrar que cumplen los requisitos necesarios para resolver los problemas relacionados con ellas. Por lo tanto, deben:
    a. comprender las características biológicas pertinentes, la conducta de las distintas plagas y la necesidad de una gestión cuidadosa de cada tipo de infestación
    b. mantener actualizados sus conocimientos de todos los métodos relevantes para la gestión de las plagas existentes y futuras 
    c. estar formados en el uso responsable y sostenible de los biocidas, en el caso de que se necesiten 
    d. ser conscientes de los prerrequisitos de salud y seguridad de sus actividades, junto con el uso de biocidas.
  • 3. Las intervenciones de gestión de plagas deben estar adaptadas a las necesidades y especificidades de los distintos operadores públicos y privados que dependen de estos servicios y responder a sus requisitos higiénicos y sanitarios particulares.
  • 4. Los técnicos formados deben aplicar el enfoque de gestión integral de plagas y seguir la jerarquía de gestión de plagas, es decir: realizar en primer lugar un diagnóstico cuidadoso; en segundo lugar, seguir un proceso de exclusión; en tercer lugar, restricción; seguido de la destrucción y el compromiso de usar medios de destrucción químicos u otros únicamente después de que se hayan explorado todas las demás técnicas.
  • 5. Las empresas y los departamentos internos profesionales de gestión de las plagas deben contar con la certificación de un organismo de certificación independiente.
  • 6. Las empresas y los departamentos internos profesionales de gestión de las plagas deben someterse a auditoría por parte de un organismo independiente y cualificado de certificación, conforme a la norma EN 16636 de la CEN (en una situación ideal, siguiendo los protocolos de CEPA Certified®).
  • 7. Los usuarios de los servicios de gestión de plagas en Europa se comprometen a trabajar, siempre y cuando sea posible, exclusivamente con empresas profesionales de gestión de las plagas (preferentemente, empresas CEPA Certified®) como la mejor manera de proteger los hogares, las empresas y los barrios de los peligros de las infestaciones y, por consiguiente, contribuir a garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos y de los empleados, a promover unos niveles de salud y seguridad públicas elevados, y a conservar el medio ambiente y la biodiversidad.
  • 8. Las organizaciones que representan a los usuarios de los servicios de gestión de plagas en Europa se comprometen a defender ante sus miembros/redes el uso exclusivo de empresas de gestión de plagas profesionales (con preferencia, empresas CEPA Certified®) como la mejor manera de proteger los hogares, las empresas y los barrios de los peligros de las infestaciones y, por consiguiente, contribuir a garantizar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos y de los empleados, promover unos niveles de salud y seguridad públicas elevados, y conservar el medio ambiente y la biodiversidad.

 

 

 

Memorando de Acuerdo, CEPA

Fuente: CEPA

 

 

 

 

 

 

 

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