Real Decreto 396/2006 sobre amianto

Real Decreto 396/2006 sobre amianto

AmiantoEl 11 de octubre de 2006 entró en vigor el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

El Real Decreto regula las actividades de los operarios que puedan estar expuestos a fibras de amianto o a materiales que las contengan principalmente en las siguientes circunstancias:

  • Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
  • Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
  • Vertederos autorizados para residuos de amianto.
  • Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.

A continuación detallamos el sumario del texto legal:

  • Obligaciones del empresario
    • Límite de exposición y prohibiciones
    • Evaluación y control del ambiente de trabajo
    • Medidas técnicas generales de prevención
    • Medidas organizativas
    • Equipos de protección individual de las vías respiratorias
    • Medidas de higiene personal y de protección individual
    • Disposiciones específicas para determinadas actividades
    • Planes de trabajo
    • Tramitación de planes de trabajo
    • Formación de los trabajadores
    • Información de los trabajadores
    • Consulta y participación de los trabajadores
    • Vigilancia de la salud de los trabajadores
  • Disposiciones varias
    • Obligación de inscripción en el Registro de empresas con riesgo por amianto
    • Registros de datos y archivo de documentación
    • Tratamiento de datos
  • Anexo I: Requisitos para la toma de muestras y el análisis (recuento de fibras)
  • Anexo II: Reconocimiento de la capacidad técnica de los laboratorios especializados en el análisis (recuento) de fibras de amianto
  • Anexo III: Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA)
  • Anexo IV: Ficha para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto
  • Anexo V: Ficha de vigilancia de la salud de los trabajos expuestos a amianto

Acceder al Real Decreto (en pdf).

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