La CE autoriza el uso del extracto de flores de piretro obtenido con dióxido de carbono supercrítico para biocidas TP18

La CE autoriza el uso del extracto de flores de piretro obtenido con dióxido de carbono supercrítico para biocidas TP18

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La Comisión Europea ha aprobado el extracto de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium (Chrysanthemum cinerariaefolium) obtenido con dióxido de carbono supercrítico para su uso en biocidas del tipo 18: insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos.


 

Tanacetum cinerariifolium para uso en biocidas del tipo 18

La Comisión Europea ha aprobado el uso del extracto de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium (Chrysanthemum cinerariaefolium) obtenido con dióxido de carbono supercrítico, o extracto de piretro, para su uso en productos biocidas TP18. 

El  principio activo es un extracto de las flores de esta planta que, entre otras sustancias, contiene dos tipos de piretrinas;  Piretrinas I (piretrina 1, cinerina 1 y jasmolina 1) y Piretrinas II (piretrina 2, cinerina 2 y jasmolina 2), con actividad insecticida. Es un veneno de contacto, que mata a los insectos al alterar su sistema nervioso, ya que es tóxico para los canales de sodio, la estructura celular que permite que los iones de sodio entren en una célula como parte del proceso de transmisión de un impulso nervioso. El  "efecto derribo" es rápido y la muerte del insecto ocurre dentro del período de una hora después del contacto.

La resistencia a las piretrinas es un fenómeno muy poco frecuente y los casos detectados se han producido, principalmente como resultado de la tolerancia cruzada conferida por insectos que desarrollan resistencia a otro insecticida. En la evaluación realizada no se espera el desarrollo de resistencia en los insectos debido, entre otras razones, a su rápido modo de acción y al hecho de que las piretrinas se degradan rápidamente con la luz solar.

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Tanacetum cinerariifoliumKENPEI

En la evaluación realizada, el extracto de piretro está destinado a ser utilizado por usuarios profesionales y no profesionales, como insecticida contra una amplia gama de insectos voladores y rastreros (excepto aquellos que son parásitos de las plantas), en diversos sitios de aplicación, en interiores y exteriores. En la evaluación se demostró su eficacia en interiores contra mosquitos, moscas y otras especies.

El principio activo es muy tóxico para la vida acuática con efectos duraderos y muestra un peligro intrínseco para las abejas. Por lo que la autorización de productos que lo contengan estará sujeta a ciertas condiciones.

Condiciones de autorización

Las autorizaciones de los productos biocidas que contengan extracto de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium (Chrysanthemum cinerariaefolium) obtenido con dióxido de carbono supercrítico están sujetas a las siguientes condiciones:

1)En la evaluación del biocida se prestará una atención particular a las exposiciones, los riesgos y la eficacia vinculados a todos los usos cubiertos por la solicitud de autorización que no hayan sido considerados en la evaluación de riesgos de la sustancia activa a nivel de la Unión.

2) En la evaluación del biocida se prestará una atención particular a:

  • i) los usuarios profesionales y el público en general
  • ii) las aguas superficiales y los sedimentos, en el caso de los productos aplicados mediante pulverización a gran escala en exteriores.

3) En el caso de los productos que puedan dejar residuos en los alimentos o los piensos, se evaluará la necesidad de fijar nuevos límites máximos de residuos (LMR), o de modificar los existentes y se adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo para evitar que se superen tales LMR.

 

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1429 DE LA COMISIÓN de 7 de julio de 2023 por el que se aprueba el extracto de flores abiertas y maduras de Tanacetum cinerariifolium (Chrysanthemum cinerariaefolium) obtenido con dióxido de carbono supercrítico como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo 18, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

 

 

 

 

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