Ha sido publicada en el BOE nueva normativa en relación con las sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos poliméricos destinados a entrar en contacto con los alimentos, las condiciones que estos deben cumplir y la modificación de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
Siguiendo con la evaluación de sustancias activas biocidas, la Comisión Europea ha notificado la inclusión de 2 nuevas sustancias: abamectina e imidacloprid (Tipo de producto 18: Insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos) en la lista positiva, asi como un listado de sustancias no incluidas en el Anexo I de la directiva de biocidas, que dejarán de comercializarse a partir del 1 de julio de 2012.
La sustancia activa metoflutrina ha sido aprobada para su uso en biocidas del tipo 18 (insecticidas, acaricidas, productos para controlar otros artrópodos), quedando incluida en el Anexo I del RD 1054/2002, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
La CE ha notificado la inclusión de las sustancias bromadiolona (rodenticida), el sulfato de aluminio (bactericida), la carboxina (fungicida), el dazomet (nematicida, fungicida, herbicida e insecticida) y el metaldehído (molusquicida) como sustancias activas en la Directiva 91/414/CE.
Ha sido publicada en el BOE la Orden PRE/777/2011, de 4 de abril, por la que se incluyen las sustancias activas Dazomet y N, N-dietil-meta-toluamida, en el Anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
El Consejo de Ministros de la Unión Europea ha alcanzado un acuerdo político sobre la revisión de la normativa relativa a los productos biocidas, que incluye aspectos como los criterios de admisión y exclusión de sustancias en la lista de sustancias biocidas activas permitidas.