El Consejo de la UE aprueba la nueva normativa relativa a los biocidas

El Consejo de la UE aprueba la nueva normativa relativa a los biocidas

ue-logoEl Consejo de Ministros de la Unión Europea ha alcanzado un acuerdo político sobre la revisión de la normativa relativa a los productos biocidas, que incluye aspectos como los criterios de admisión y exclusión de sustancias en la lista de sustancias biocidas activas permitidas.

 

El texto, aprobado por el Consejo el pasado 20 de diciembre de 2010, cubre una amplia gama de productos de control de plagas, como insecticidas, desinfectantes y repelentes, excluyendo pesticidas de uso agrícola y medicamentos.

El objetivo de la nueva normativa es optimizar el mercado de biocidas y asegurar que productos  esenciales para el control de plagas y un gran número de artículos de uso diario que incorporan sustancias biocidas siguen disponibles en el mercado europeo y son seguros para la salud y el medio ambiente.

Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council concerning the placing on the market and use of biocidal products - Political agreement (PDF) (Texto aprobado por el Consejo de Ministros de la UE.)

Aspectos destacados de la normativa aprobada:

Criterios de admisión y exclusión de sustancias activas

  • Por primera vez, la ley identifica las sustancias activas que no pueden ser utilizadas en productos biocidas.
  • Quedan prohibidas las sustancias que pueden provocar cáncer, problemas de fertilidad o mutaciones y los productos químicos que actúan como disruptores endocrinos.
  • Quedan prohibidas las sustancias con efectos nocivos para el medio ambiente.
  • Quedan prohibidas las sustancias activas persistentes, bioacumulativas y tóxicas de acuerdo al Reglamento (EC) No 1907/2006.
  • Sin embargo, aquellas sustancias esenciales para prevenir un grave peligro para la salud pública o el medio ambiente podrán seguir autorizándose en determinadas condiciones.

    Productos de uso diario que incorporan biocidas

    • La normativa incluye artículos de uso cotidiano, como sacos de dormir, sofás o ropas tratados con biocidas.
    • No podrán tratarse con sustancias químicas no autorizadas.
    • Tendrán que incorporar una etiqueta donde conste el producto utilizado para evitar reacciones alérgicas.
    • Estas obligaciones se aplican a todos los artículos tratados con biocidas en el mercado de la UE, incluyendo los importados.

    Reconocimiento mutuo de sustancias activas

    • La normativa vigente (Directiva 98/8/CE) establece una lista comunitaria de sustancias activas permitidas y permite la autorización de productos que las contienen en los diferentes Estados Miembros si cumplen condiciones específicas adicionales a través de un proceso de reconocimiento mutuo.
    • El nuevo Reglamento introduce la posibilidad de autorizar biocidas a nivel de la UE, a fin de reducir la carga administrativa de los fabricantes.
    • La European Chemicals Agency será responsable de la expedición de permisos para las sustancias y los productos biocidas.
    • Como primer paso, el Consejo quiere introducir la autorización comunitaria para determinados tipos de productos en 2013.
    • A partir de 2020 la mayoría de los productos biocidas seguiran  la autorización comunitaria

     

    El Parlamento Europeo ya aprobó el texto en primera lectura el 22 de septiembre. Las negociaciones entre los dos colegisladores para finalizar la nueva ley se espera que tenga lugar después la revisión lingüística y la adopción formal del texto acordado.

     

    Más información:
    Retransmisión de la Conferencia de Prensa del Consejo

    Otros artículos relacionados en higieneambiental.com:
    El Parlamento europeo exige productos más seguros para el control de plagas

    Compartir notícia: