La CE aprueba la tolilfluanida (TP21), el dinotefuran (TP18 ) y Bacillus sphaericus (TP18 ) para biocidas

La CE aprueba la tolilfluanida (TP21), el dinotefuran (TP18 ) y Bacillus sphaericus (TP18 ) para biocidas

ueSiguiendo con el programa de evaluación de sustancias activas biocidas en el mercado de la Unión Europea, la Comisión Europea ha autorizado el uso de la tolilfluanida para productos biocidas del tipo 21 (antiincrustantes), y dinotefuran y Bacillus sphaericus 2362, serotipo H5a5b, cepa ABTS1743 para biocidas del tipo 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos).

 

 

TOLILFLUANIDA

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/419 de la Comisión de 12 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso de la tolilfluanida como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 21

La autorización queda sujeta a las siguientes especificaciones y condiciones:

Tipo de producto: TP21, antiincrustantes
Pureza mínima de la sustancia activa:  960 g/kg
Fecha de aprobación:  1 de julio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  31 de diciem­bre de 2025
Condiciones específicas para las autorizaciones:

En el caso de que posteriormente se autoricen productos que contengan tolil­fluanida para su utilización por usuarios no profesionales, las personas que comercialicen biocidas con tolilfluanida para usuarios no profesionales se ase­gurarán de que los biocidas se suministren con los guantes adecuados.
Las autorizaciones de los biocidas quedan subordinadas a las condiciones si­guientes:

  1. Los productos que contengan tolilfluanida no estarán autorizados ni se emplearán para el control de la fijación y crecimiento de organismos in­crustantes en barcos de agua dulce.
  2. Se establecerán procedimientos operativos seguros y medidas organizativas adecuadas para los usuarios industriales o profesionales. En caso de que la exposición no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado.
  3. En las etiquetas y, si se facilitan, en las instrucciones de uso se indicará que debe mantenerse alejados a los niños hasta que se sequen las superficies tratadas.
  4. En las etiquetas y, si se facilitan, en las fichas de datos de seguridad de los biocidas autorizados se indicará que las actividades de aplicación, manteni­miento y reparación deben efectuarse dentro de un área confinada o en una superficie dura e impermeable con barreras de protección o en el suelo cubierto con un material impermeable para evitar derrames y mini­mizar las emisiones al entorno, así como que los derrames o residuos que contengan tolilfluanida tienen que recogerse para su reutilización o elimi­nación.
  5. En el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en piensos o alimen­tos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, según el Reglamento (CE) n o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ) o el Reglamento (CE) n o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), y se adopta­rán las medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables.

DINOTEFURÁN

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/416 de la Comisión de 12 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso del dinotefurán como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 18

La autorización queda sujeta a las siguientes especificaciones y condiciones:

Tipo de producto: TP18 insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa:  991 g/kg
Fecha de aprobación:  1 de junio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  31 de mayo de 2022
Condiciones específicas para las autorizaciones:

  • El dinotefurán se considera candidato a la sustitución con arreglo al artículo 10, apartado 1, letra d), del Re­glamento (UE) n o 528/2012.
  • En la evaluación del biocida se prestará una atenciónespecial a las exposiciones, los riesgos y la eficacia asociados a cualquiera de los usos contemplados en una solicitud de autorización, pero que no se hayan considerado en la evaluación de riesgos de la sustan­cia activa a nivel de la Unión.
  • Se establecerán procedimientos operativos seguros y medidas organizativas adecuadas para los usuarios in­dustriales o profesionales. En caso de que la exposi­ción no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado.

 

BACILLUS SPHAERICUS 2362, serotipo H5a5b, cepa ABTS1743

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/417 de la Comisión de 12 de marzo de 2015 por el que se aprueba el uso de Bacillus sphaericus 2362, serotipo H5a5b, cepa ABTS1743, como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 18

La autorización queda sujeta a las siguientes especificaciones y condiciones:

Tipo de producto: TP18 insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos
Pureza mínima de la sustancia activa:  Ninguna impureza relevante
Fecha de aprobación:  1 de julio de 2016
Fecha de expiración de la aprobación:  30 de junio de 2026
Condiciones específicas para las autorizaciones:

  • Se establecerán procedimientos operativos seguros y medidas organizativas apropiadas para los usuarios profesionales. En caso de que la exposición no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado.
  • En el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en pien­sos o alimentos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los exis­tentes, según el Reglamento (CE) n o 470/2009 del Parla­mento Europeo y del Consejo ( 3 ) o el Reglamento (CE) n o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 4 ), y se adoptarán las eventuales medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables.

 

 

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