La CE aprueba once sustancias activas biocidas

La CE aprueba once sustancias activas biocidas

biocidas

Dentro del programa europeo de evaluación de sustancias activas biocidas, la Comisión Europea ha aprobado las sustancias activas: tiocianato de cobreóxido de dicobrecopos de cobre para TP21, tolilfluanida (TP7), 2-bromo-2-(bromometil)pentanodinitrilo (TP6), Bacillus amyloliquefaciens, cepa ISB06 (TP3), bifenil-2-ol (TP3), Aminas, N-C10–16-alquiltrimetilendi-, productos de reacción con ácido cloroacético (TP2,3 y 4), N-ciclopropil-1,3,5-triazina-2,4,6-triamina para TP18, cobre, granulado (TP8) y propionato de didecilmetilpoli(oxietil)amonio (TP8).

La CE aprueba once sustancias activas biocidas para determinados Tipos de Producto

biocidas

 

TIOCIANATO DE COBRE
El tiocianato de cobre se ha evaluado para su utilización en biocidas del tipo de producto 21, productos antiincrustantes.
pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1090 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso del tiocianato de cobre como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 21 

ÓXIDO DE DICOBRE
El óxido de dicobre se ha evaluado para ser utilizado en biocidas del tipo de producto 21, productos antiincrustantes.
pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1089 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso del óxido de dicobre como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 21 

COPOS DE COBRE
Los copos de cobre (recubiertos con ácido alifático) han sido evaluados para su uso en el tipo de producto 21, productos antiincrustantes.
pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1088 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso de copos de cobre (recubiertos con ácido alifático) como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 21 

Las autorizaciones de productos que contengan las tres combinaciones anteriores de sustancia activa/tipo de producto quedan subordinadas a las condiciones siguientes: 

1) se establecerán procedimientos operativos seguros y medidas organizativas adecuadas para los usuarios industriales o profesionales. Cuando la exposición no pueda reducirse a un nivel aceptable por otros medios, los biocidas se utilizarán con el equipo de protección individual adecuado; 

2) en las etiquetas y, si se facilitan, en las instrucciones de uso, se indicará que debe mantenerse alejados a los niños hasta que se sequen las superficies tratadas; 

3) en las etiquetas y, si se facilitan, en las fichas de datos de seguridad de los biocidas autorizados, se indicará que las actividades de aplicación, mantenimiento y reparación deben efectuarse dentro de un área confinada, en una superficie dura e impermeable con barreras de protección o en el suelo cubierto con un material impermeable para evitar derrames y minimizar las emisiones al entorno, así como que los derrames o residuos que contengan tiocianato de cobre tienen que recogerse para su reutilización o eliminación;

4) en el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en piensos o alimentos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, según el Reglamento (CE) n.o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2) o el Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3), y se adoptarán las eventuales medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables.

 

TOLILFLUANIDA
La tolilfluanida se ha evaluado para su uso en biocidas del tipo de producto 7, conservantes para películas, tal como se describe en el anexo V del Reglamento (UE) n.o 528/2012

Habida cuenta del riesgo detectado para el uso evaluado, en la evaluación del producto, se prestará una atención especial a:

a) los usuarios industriales o profesionales;
b) los usuarios no profesionales de pinturas tratadas que contengan tolilfluanida como conservante para películas;
c) las aguas de superficie, el suelo y las aguas subterráneas, incluido el riesgo derivado de los productos de degradación.

La comercialización de artículos tratados está sujeta a la siguiente condición: la persona responsable de la comercialización de un artículo tratado con tolilfluanida o que la incorpore deberá velar por que la etiqueta de dicho artículo tratado facilite la información que se indica en el artículo 58, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1087 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso de la tolilfluanida como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 7 

 

2-bromo-2-(bromometil)pentanodinitrilo (DBDCB) 
El DBDCB se ha evaluado para ser utilizado en el tipo de producto 6, Conservantes para productos envasados

Habida cuenta del riesgo detectado para el uso evaluado, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a los usuarios industriales y profesionales.

La comercialización de artículos tratados está sujeta a la siguiente condición: La persona responsable de la introducción en el mercado de un artículo que haya sido tratado con 2-bromo-2-(bromometil)pentanodinitrilo (DBDCB) o que lo lleve incorporado se asegurará de que su etiquetado facilite la información que se indica en el artículo 58, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 528/2012. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1086 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso del 2-bromo-2-(bromometil)pentanodinitrilo (DBDCB) como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 6 

 

BACILLUS AMYLOLIQUEFACIENS cepa ISB06
La sustancia Bacillus amyloliquefaciens, cepa ISB06, ha sido evaluada para su uso en productos del tipo de producto 3, Productos para la higiene veterinaria

Habida cuenta de los riesgos detectados para el uso evaluado, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a los usuarios profesionales. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1085 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso de Bacillus amyloliquefaciens, cepa ISB06, como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 3 

 

BIFENIL-2-OL
El bifenil-2-ol ha sido evaluado para su uso en productos del tipo 3, productos de higiene veterinaria

Habida cuenta del riesgo detectado para el uso evaluado, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a:

a) usuarios profesionales;
b) aguas superficiales y compartimentos edáfico y sedimentario.

En el caso de los productos que puedan dejar residuos en piensos o alimentos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2) o el Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3), y se adoptarán las medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1084 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso de bifenil-2-ol como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 3 

 

AMINAS, N-C10-16-ALQUILTRIMETILENDI-productos de reacción con ácido cloroacético
Esta sustancia ha sido evaluada para su uso en productos:

  • tipo de producto 2, «Desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y de la salud pública y otros biocidas»,
     Habida cuenta del riesgo detectado para los usos evaluados, en la evaluación se prestará una atención especial a:
    a) los usuarios profesionales;
    b) los niños, para productos utilizados en ámbitos institucionales;
    c) las aguas superficiales y los sedimentos, para los productos utilizados en los ámbitos industrial o institucional;
    d) el suelo, para productos utilizados en ámbitos industriales. 
  • tipo de producto 3, «Biocidas para la higiene veterinaria»,
    Habida cuenta del riesgo detectado para los usos evaluados, en la evaluación se prestará una atención especial a:
    a) los usuarios profesionales;
    b) las aguas superficiales y los sedimentos, para los productos utilizados en:
       i) la desinfección de los alojamientos para animales,
       ii) la desinfección de vehículos utilizados para el transporte de animales,
       iii) la desinfección del calzado y las pezuñas de los animales;
     
    c) el suelo, en el caso de los productos para la desinfección de los vehículos utilizados en el transporte de animales;
    d) los microorganismos de las depuradoras de aguas residuales en el caso de los productos utilizados para la desinfección del calzado y las pezuñas de los animales.
  • tipo de producto 4, «Desinfectantes para las superficies que están en contacto con alimentos y piensos»
    Habida cuenta del riesgo detectado para los usos evaluados, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a:
    a) los usuarios profesionales,
    b) las aguas superficiales y los sedimentos, para los productos utilizados en:
       i) los complejos industriales de alimentos, bebidas y leche,
       ii) las máquinas y salas de ordeño,
       iii) los mataderos y las carnicerías, y
    iv) las cocinas y los comedores de los servicios de restauración a gran escala;
    c) el suelo, para los productos utilizados en
       i) los centros de los complejos industriales de alimentos, bebidas y leche,
       ii) los mataderos y las carnicerías, y
       iii) las cocinas y los comedores de los servicios de restauración a gran escala. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1083 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2016 por el que se aprueba la sustancia «Aminas, N-C10–16-alquiltrimetilendi-, productos de reacción con ácido cloroacético» como sustancia activa existente para su uso en biocidas de los tipos de producto 2, 3 y 4 

 

N-CICLOPROPIL-1,3,5-TRIAZINA-2,4,6-TRIAMINA (ciromazina)
La ciromazina ha sido evaluada para su utilización en biocidas del tipo de producto 18, «Insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos.
Habida cuenta del riesgo detectado para los usos evaluados, en la evaluación del producto, se prestará una atención especial a:
a) los usuarios profesionales,
b) las aguas superficiales, los sedimentos y el compartimento edá­ fico para los productos utilizados en locales de estabulación;

en el caso de los biocidas que puedan dejar residuos en piensos o alimentos, se comprobará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos, o de modificar los existentes, según el Reglamento (CE) n.o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2) o el Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3), y se adoptarán las eventuales medidas adecuadas de reducción del riesgo para garantizar que no se superen los límites máximos de residuos aplicables.

La comercialización de artículos tratados está sujeta a la siguiente condición: La persona responsable de la comercialización de un artículo tratado con ciromazina o que la incorpore deberá velar por que la etiqueta de dicho artículo tratado facilite la información que se indica en el artículo 58, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 528/2012. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1068 DE LA COMISIÓN de 1 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso de N-ciclopropil-1,3,5-triazina-2,4,6-triamina (ciromazina) como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 18 

 

COBRE granulado
Esta sustancia ha sido evaluada para su uso en el tipo de producto 8, protectores para maderas.
Habida cuenta de los riesgos detectados para los usos evaluados, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a:
a) los usuarios industriales y profesionales;
b) las aguas superficiales y los sedimentos cuando exista vertido directo durante la vida útil de la madera tratada.

Dados los riesgos detectados para las aguas superficiales y subterráneas, en las etiquetas y, si se facilitan, en las fichas de datos de seguridad de los biocidas autorizados se indicará que la aplicación industrial o profesional debe efectuarse dentro de un área confinada o en una superficie dura e impermeable con barreras de protección, que la madera recién tratada tendrá que almacenarse, tras el tratamiento, a cubierto o en una superficie dura e impermeable, o de ambos modos, para evitar pérdidas directas al suelo o al agua, y que las eventuales pérdidas deberán recogerse para su reutilización o eliminación.  

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1094 DE LA COMISIÓN de 6 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso del cobre, granulado, como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 8 

 

DIDECILMETILPOLI(OXIETIL)AMONIO
El propionato de didecilmetilpoli(oxietil)amonio se ha evaluado para ser utilizado en el tipo de producto 8, protectores para maderas.
Habida cuenta del riesgo detectado para los usos evaluados, en la evaluación del producto se prestará una atención especial a:
a) los usuarios industriales y profesionales;
b) las aguas subterráneas para la madera en servicio que vaya a exponerse a menudo a la intemperie.

Dados los riesgos detectados para las aguas superficiales y subterráneas, en las etiquetas y, si se facilitan, en las fichas de datos de seguridad de los productos autorizados se indicará que la aplicación industrial o profesional debe efectuarse dentro de un área confinada o en una superficie dura e impermeable con barreras de protección, que la madera recién tratada tendrá que almacenarse, tras el tratamiento, a cubierto o en una superficie dura e impermeable, o de ambos modos, para evitar pérdidas directas al suelo o al agua, y que las eventuales pérdidas deberán recogerse para su reutilización o eliminación. 

pdfREGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1093 DE LA COMISIÓN de 6 de julio de 2016 por el que se aprueba el uso del propionato de didecilmetilpoli(oxietil)amonio como sustancia activa existente en biocidas del tipo de producto 8 

 

 

 

 

 

 

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