Hay un sólo proveedor autorizado en la UE para la tierra de diatomeas para biocidas de TP18

Hay un sólo proveedor autorizado en la UE para la tierra de diatomeas para biocidas de TP18

ueDe acuerdo a la actual legislación sobre biocidas, a partir del 1 de septiembre de 2015 cualquier producto biocida que se componga, contenga o genere una sustancia activa determinada, no se podrá comercializar en el mercado de la UE si el binomio proveedor/producto biocida no está incluido en la lista del Articulo 95 del RPB. Para la tierra de diatomeas utilizada en biocidas TP18 actualmente sólo existiría un proveedor autorizado: la empresa alemana Biofa AG.

 

La "lista del artículo 95" del Reglamento de Biocidas de la UE sigue creando situaciones confusas dentro del mercado de biocidas y de la industria del control de plagas.

Como ya anunciaba desde hace meses la Agencia Europea para Sustancias y Preparados Químicos (ECHA), a partir del pasado 1 de septiembre proveedores y sustancias biocidas, para un TP determinado, deben estar inscritos en la "lista del Articulo 95" del Reglamento de Biocidas para poder seguir en el mercado  de la UE.

Esta es, según la ECHA, una medida que tiene por objetivo dar cierta protección a aquellas empresas que están dispuestas a invertir en todas las investigaciones y trámites necesarios para conseguir que una sustancia activa pase el proceso de revisión, de acuerdo al Reglamento de Biocidas (RPB) de la UE, para poder seguir comercializándola. Las empresas que asumen los altos costes de estos procesos, pueden decidir con qué otras empresas quieren compartir sus datos.

Esta situación puede dar pie a confusiones y conflictos. Por ejemplo, la disponibilidad de la tierra de diatomeas.

La tierra de diatomeas (dióxido de silicio) es un insecticida mineral, formado por algas marinas unicelulares fosilizadas, considerado como una alternativa "natural" para el control de insectos. La cutícula de los insectos está normalmente recubierta de una capa impermeable de cera y lípidos que los protegen de la pérdida de agua. La tierra de diatomeas es muy absorvente y absorve la cera de la cutícula, haciéndola permeable al agua. Como resultado, el agua puede evaporarse desde el interior del insecto a través de la cutícula, y el insecto se deseca y muere.

La tierra de diatomeas se encuentra dentro del proceso de revisión de sustancias activas biocidas de la UE como biocida del tipo 18 (insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos) y tan sólo una empresa, Biofa AG, con base en Alemania consta como proveedor en la lista del Artículo 95. Esta empresa es asimismo la única que consta como participante en el proceso de revisión del dióxido de silicio para su uso en biocidas TP18.

Esto significaría, según el artículo 95, que actualmente los únicos productos biocidas TP18 a base de dióxido de silicio que pueden comercializarse en la UE actualmente son aquellos hechos con dióxido de silicio suministrado por Biofa AG.

tierra diatomeas

Los productos biocidas que contengan tierra de diatomeas adquiridos antes del 1 de septiembre de 2015 pueden continuar siendo usados, ya que el articulo 95 afecta solamente a la comercialización de los productos y no a su uso.

De hecho, el dióxido de silicio todavía está pasando el proceso de revisión del RPB de la UE. Si después de la revisión la sustancia activa recibe una decisión de no aprobación, todos los productos que la contengan deberan ser utilizados dentro de los 18 meses siguientes.

Sin embargo, si la decisión es positiva se fijará una fecha oficial de aprobación a nivel de la UE, dando un plazo de tiempo para que las empresas puedan realizar las solicitudes de autorización de productos específicos para cada país. Estas solicitudes deben ser presentadas antes de que se cumpla la fecha oficial de aprobación.

 

Fuente: Pestmagazine

 

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