Directiva 2009/148/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto

Directiva 2009/148/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto

bandera ueHa sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea   (L330) la Directivainfo-icon 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amiantoinfo-icon durante el trabajo.

 

Clarificar y racionalizar la normativainfo-icon


asbestos
Imagen: W.Commons

La primera directiva destinada a proteger a los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo data de 1983 y ha sido modificada en numerosas ocasiones con el fin de ampliar el ámbito de aplicación, reforzar las medidas de prevencióninfo-icon y disminuir los valores límite de exposición.

Las diferentes revisiones y modificaciones realizadas restaban claridad y racionalidad a la Directiva, por lo que en junio 2009 el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron una propuesta de codificación de la Directiva, parainfo-icon reunir en un único acto legislativo las diferentes disposiciones vigentes sin afectar esencialmente a su contenido.

Nueva Directiva 2009/148/CE

Con la aprobación de la nueva Directiva 2009/148/CE y su entrada en vigor a los 20 dias de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, queda derogada la Directiva 83/477/CEE  modificada por las Directivas 91/382/CEE, 98/24/CE, 2003/18/CE y 2007/30/CE.

La nueva Directiva, que consta de 26 artículos y 3 anexos, tiene por objeto la protección de los trabajadores contra los riesgos que se deriven  para su saludinfo-icon por el hecho de una exposición durante el trabajo al amianto, así como la prevención de tales riesgos.

Así, la Directiva incluye puntos como:

  • Se prohiben las actividades que exponen a los trabajadores a las fibras de amianto en la extracción del amianto, la fabricación y transformación de productosinfo-icon de amianto o la fabricación y transformación de productos que contienen amianto añadido deliberadamente, con excepción del tratamientoinfo-icon y la descarga de los productos resultantes de la demolición y de la retirada de amiantoinfo-icon.
  • Los empresarios se asegurarán de que ningún trabajador esté expuesto a una concentración de amianto en el aire superior a 0,1 fibras por cm 3 medidas como una media ponderada en el tiempo para un período de 8 horas (TWA).
  • Las actividades en las haya exposición al amianto deberán ser objeto de un sistema de notificación controlado por la autoridad responsable del Estado miembro.

Consultar la Directiva 2009/148/CE

 

 

Fuente: Eur-Lex

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