Se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Castilla y León

Se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Castilla y León

roesb castilla leonLa Consejeria de Sanidad de la Comunidad de Castilla y León ha publicado la Orden SAN/723/2015, por la que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, y se regula la estructura, la inscripción y el funcionamiento del mismo.

 

 

 

Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Castilla y León

En esta entidad deberan inscribirse, antes de iniciar su actividad, las personas físicas o jurídicas que sean titulares de los locales, instalaciones o empresas ubicados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, en los que se fabriquen, formulen, envasen, almacenen y/o comercialicen biocidas (incluidos en el Anexo I de la orden), así como las empresas de servicios que realicen tratamientos de aplicación con alguno de esos biocidas, cuando dicho servicio se efectúe con carácter corporativo, como servicios a terceros o en instalaciones fijas de tratamiento.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación:

  • Los establecimientos en los que se comercialicen exclusivamente biocidas  para uso por el público en general o para la higiene humana.
  • Los establecimientos con actividad en desinfectantes de material clínico, farmacéutico, de ambiente clínico, quirúrgico o biocidas de uso en higiene personal.
  • Los servicios biocidas de carácter corporativo que actúen exclusivamente en prevención y control de legionelosis

El ROESB se estructura en dos Secciones:

  • Sección de Establecimientos biocidas:
    están obligadas a inscribirse las personas físicas o jurídicas que realicen alguna de las siguientes actividades: Fabricación de biocidas, Envasado de biocidas, Almacenamiento de biocidas o Comercialización de biocidas.
  • Sección de Servicios biocidas:
    están obligadas a inscribirse las personas físicas o jurídicas que realicen servicios biocidas: Con carácter corporativo, como servicios a terceros o en instalaciones fijas de tratamiento.

La inscripción en el ROESB tendrá un período de validez indefinida, salvo que por motivos de salud pública o mediante solicitud del titular proceda su modificación o cancelación.

Se elaborará un listado de entidades que presten servicios biocidas en la Comunidad de Castilla y León, a fin de facilitar la información pública al ciudadano. Constará de los servicios biocidas inscritos en el ROESB de Castilla y León, y de aquellos servicios biocidas inscritos en otros territorios que deseen solicitar su inclusión en este listado.

Asimismo, la inscripción de una entidad de servicios biocidas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de otra Comunidad Autónoma será válida para desarrollar su actividad en el ámbito territorial de Castilla y León.

pdfORDEN SAN/723/2015, de 28 de agosto, por la que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad de Castilla y León, se regula la estructura, la inscripción y el funcionamiento del mismo, y se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal.

 

Más información, solicitudes y tramitaciones en: http://www.saludcastillayleon.es

 

 

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