Catalunya y la Comunitat Valenciana prorrogan la validez de los carnés de biocidas

Catalunya y la Comunitat Valenciana prorrogan la validez de los carnés de biocidas

biocidas

Catalunya y la Comunitat Valenciana han publicado hoy en sus Diarios Oficiales la prórroga, durante cuatro años, de la validez de los carnés de aplicadores de tratamientos de desinsectación, desinfección y desratización (DDD) de nivel básico y de nivel cualificado.

 

Catalunya y la Comunitat Valenciana prorrogan la validez de los carnés de biocidas

biocidasComo ya han ido haciendo otras Comunidades Autónomas en los últimos días, Catalunya y la Comunidad Valenciana han formalizado hoy la prórroga de la vigencia de los carnés de manipuladores de biocidas, en el ámbito de los biocidas de los tipos 2, 3, 4, 14, 18 y 19,  que se hayan obtenido con anterioridad al 15 de julio del año 2016.

El plazo de la prórroga es de cuatro años y responde a la necesidad del sector de aumentar el período de tiempo para adaptarse a las prescripciones del Real Decreto 830/2010, por el que se establece la actual normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.

 

CATALUNYA

ORDEN SLT/186/2016, de 5 de julio, por la que se prorroga la validez de los carnés de aplicadores de tratamientos de desinsectación, desinfección y desratización (DDD).

Artículo único:

  • Prorrogar la validez, por un periodo de 4 años y a partir del 15 de julio de 2016, de los carnés de aplicadores de tratamientos de desinsectación, desinfección y desratización (DDD) de nivel básico y de nivel cualificado que estén vigentes en la fecha de entrada en vigor de esta Orden.

 

COMUNITAT VALENCIANA

DECRETO 85/2016, de 8 de julio, del Consell, por el que se prorroga la validez de los carnés de manipulador de biocidas, niveles básico y cualificado, para realizar tratamientos con biocidas en la Comunitat Valenciana. [2016/5458]

 Prórroga de la vigencia de los carnés de manipuladores de biocidas en la Comunitat Valenciana

  • 1. Se prorroga la vigencia de los carnés de manipuladores de biocidas en la Comunitat Valenciana que se hayan obtenido con anterioridad al 15 de julio del año 2016. La prórroga se iniciará a la entrada en vigor de este decreto y se mantendrá hasta el 15 de julio del año 2020.
  • 2. Dicha prórroga será aplicable a los carnés de manipuladores de biocidas niveles básico y cualificado, siempre que la persona titular mantenga las condiciones de obtención relativas a la edad laboral para trabajar con estos productos, según lo dispuesto en la legislación vigente y no tenga reconocida incapacidad laboral permanente para trabajar con biocidas.
  • 3. Los carnés objeto de esta prórroga servirán exclusivamente para la manipulación, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de los biocidas tipos 2, 3, 4, 14, 18 y 19 del anexo V del Reglamento (UE) número 528/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas.

 

 

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